Calculadora del ITP de vivienda

Autor: Henrick Yau

Calculadoras

Calcula el impuesto de transmisiones patrimoniales que pagarás al comprar una vivienda de segunda mano. Es un impuesto autonómico: el tipo lo fija tu comunidad autónoma y va del 4 % al 13 % según dónde compres y por cuánto — varias comunidades aplican una escala por tramos en vez de un tipo único.

Desde 2022 la base imponible no es sin más el precio de la escritura, sino el valor de referencia del Catastro cuando es mayor. Si no lo compruebas antes de firmar, la liquidación complementaria llega meses después.

La compra

Datos y tipos aplicados (puedes ajustarlos)

¿Qué es el ITP y cuánto se paga al comprar una vivienda de segunda mano?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) grava la compra de viviendas de segunda mano en España. No lo pagas al vendedor, sino a tu comunidad autónoma, y el tipo impositivo lo fija cada una. Para 2026, cada comunidad tiene su propio porcentaje, que puede variar según si la vivienda será tu habitual o no. El impuesto se liquida mediante el modelo oficial de autoliquidación, y el plazo para presentarlo es de treinta días hábiles desde la fecha de la escritura.

¿Cómo se calcula el ITP?

El cálculo sigue estos pasos: 1. Determina la base imponible: es el valor de referencia del inmueble, que suele ser el valor catastral actualizado por la comunidad. No es el precio de compra, aunque a veces coincida. 2. Aplica el tipo impositivo: cada comunidad autónoma fija un tipo general y, en muchos casos, un tipo reducido para vivienda habitual. Introduce el tipo que corresponda según tu comunidad y si la vivienda será tu residencia habitual. 3. Calcula la cuota: multiplica la base imponible por el tipo impositivo (en tanto por uno). El resultado es el importe a pagar. 4. Presenta la autoliquidación: dentro de los treinta días hábiles desde la firma de la escritura, en la oficina de tu comunidad o telemáticamente.

El error más común: confundir el valor de referencia con el precio de compra

Muchos compradores usan el precio de escritura como base del ITP, pero la base legal es el valor de referencia que fija la comunidad. Si el valor de referencia es superior al precio de compra, pagarás sobre esa cifra mayor. Además, algunas comunidades aplican recargos si el valor declarado es inferior al de referencia. Siempre revisa el valor catastral actualizado de tu vivienda antes de calcular.

¿Por qué tu resultado puede ser diferente?

El importe final depende de varios factores que esta calculadora no puede conocer sin tus datos exactos: - El tipo impositivo concreto de tu comunidad autónoma (general y reducido para vivienda habitual). - Si la vivienda es tu residencia habitual o no (afecta al tipo reducido). - El valor de referencia oficial del inmueble, que puede variar respecto al precio de compra. - Posibles bonificaciones o deducciones autonómicas (por ejemplo, para jóvenes, familias numerosas o discapacitados). - Si la compra está sujeta a IVA (vivienda nueva) en lugar de ITP.

Consulta siempre con tu hacienda autonómica para confirmar los tipos y requisitos exactos.

Preguntas frecuentes sobre el ITP de vivienda

¿Qué diferencia hay entre ITP e IVA en la compra de vivienda? El ITP se paga en viviendas de segunda mano (transmisión entre particulares), mientras que las viviendas nuevas (primera entrega) están sujetas a IVA. Si compras a un promotor, pagas IVA, no ITP.

¿Cuándo se paga el ITP? El plazo para presentar la autoliquidación y pagar el impuesto es de treinta días hábiles desde la fecha de la escritura de compraventa. Si no lo haces, Hacienda puede aplicar recargos e intereses.

¿El ITP es deducible en la declaración de la Renta? No, el ITP no es deducible en el IRPF. Sin embargo, si la vivienda es tu habitual y cumples ciertos requisitos, podrías aplicar deducciones autonómicas por inversión en vivienda habitual (consulta tu comunidad).

¿Qué pasa si el valor de referencia es mayor que el precio de compra? Debes declarar el valor de referencia como base imponible. Si declaras un valor inferior, la comunidad puede girarte una liquidación complementaria con recargo. Siempre es mejor comprobar el valor de referencia antes de firmar.